El próximo día 1 de marzo entra en funcionamiento el Registro Central de Delincuentes Sexuales. A partir de esa fecha, todos los ciudadanos que opten a un empleo en el que deban tener contacto frecuente con menores deberán aportar a la empresa o institución que los contrate un certificado negativo de ese registro. Para los que ya trabajen en este ámbito, el Ministerio de Justicia sugiere que se eviten avalanchas de peticiones y que se actualice la cualificación progresivamente.

 

Porque el registro nace con los datos de identidad (incluido el registro de ADN) y procesales de 43.745 personas condenadas por este tipo de delitos, pero deberán obtener certificación negativa cientos de miles de educadores, profesionales de servicios de pediatría, catequistas, canguros, monitores de tiempo libre, técnicos de actividades deportivas, voluntarios de oenegés y puede que hasta los empleados y empleadas de hogar. Una concreción mayor de los empleos afectados por esta norma -la ley 26/2015, del 28 de julio, que modifica el sistema de protección a la infancia y la adolescencia- se espera para cuando se apruebe y publique su desarrollo reglamentario.

De momento, en Justicia se preparan para agilizar en lo posible la obtención del certificado. Fuentes del ministerio señalaron a La Voz que, para quienes lo necesiten con urgencia, «se puede solicitar individualmente el certificado usual de antecedentes penales o el otro, específico, del nuevo registro, pero también hay otra manera para quienes vayan a trabajar en la educación o la sanidad públicas: la plataforma de mediación de datos, que permite comunicarse a las diferentes Administraciones. Bien la Consellería de Educación, si ese es el caso, o bien la Xunta, pueden tener acceso al Registro Central de Penados que gestiona el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Así no habría que pedir certificados, sino simplemente comprobar que el interesado no está incluido mirando el registro». El ciudadano tendría que dar autorización al departamento que corresponda para que pueda comprobar los listados.

«Desde agosto -señala la misma fuente del Ministerio de Justicia- ya existe la obligatoriedad de presentar este certificado, con lo cual se ha ido haciendo de forma paulatina. Pero sí puede que haya alguna avalancha a principios de marzo, porque el certificado de antecedentes penales por delitos sexuales va a ser gratuito, mientras que el actual cuesta 3,70 euros, de manera que para instituciones o empresas con mucho personal incurso en la norma va a ser un ahorro importante».

La Administración ofrece un abanico amplio de posibilidades para conseguir estos documentos. Podrá solicitarse presencialmente en las oficinas de las gerencias territoriales de Justicia, en las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, en cualquier registro de la Administración General del Estado, de la autonómica y de la local. También se puede pedir de forma telemática, en la página web del Ministerio de Justicia, y en el departamento confían en que se use prioritariamente esta fórmula, que agilizará las cosas; también se puede solicitar al Ministerio por correo. Esto para las peticiones individuales. Pero las Administraciones, instituciones, empresas o asociaciones en las que se ejerzan actividades de las incluidas en esta norma pueden obtener certificaciones colectivas una vez tengan la autorización de los empleados, remitiendo al ministerio los datos de esas plantillas.

A la espera de concreción

En la Xunta de Galicia, que deberá actualizar las certificaciones de miles de empleados públicos, especialmente en Educación y en Sanidade, están a la espera del reglamento que desarrolle y concrete las medidas incluidas en la nueva ley.

De momento, en la Consellería de Cultura e Educación, que es la primera en la que se suele pensar en cuanto al trabajo con la infancia, ya cuentan con la comunicación telemática de la plataforma de mediación de datos «si hay una necesidad urgente de calificación para la contratación de un sustituto, por ejemplo», señalan fuentes de la consellería.

Para dotar de certificaciones a las plantillas que ya se encuentran trabajando, Educación decidirá en cuanto disponga de más datos. Con la paradoja, eso sí, de que la plantilla de los centros públicos de enseñanza está compuesta en más de dos tercios por mujeres, y los condenados por delitos sexuales en España son hombres en un 97,3 %. Pero la norma no puede pararse en esos distingos.

La prohibición se mantendrá hasta treinta años después de cumplir condena

Los antecedentes penales que identifican a la persona condenada por la comisión de un delito se extinguen, en términos generales, tras el cumplimiento de la condena, en una horquilla de plazos que va desde los seis meses para las penas leves hasta los diez años para las graves.

Este régimen se aplicará también a los delitos sexuales. Pero si las víctimas del delito fueran menores, la Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia prevé un período de vigencia de los antecedentes específicos, es decir, de la inscripción en el Registro Central de Delincuentes Sexuales de treinta años, a contar, como en los otros casos, desde la fecha de cumplimiento de la condena. Es decir: los que hayan sido condenados por delitos sexuales contra menores podrán obtener un certificado negativo de antecedentes penales en los mismos plazos que los demás penados, a efectos de la apreciación de reincidencia o de empleo en trabajos de distintos tipos, pero no el certificado del Registro de Delincuentes Sexuales, por lo que no podrán trabajar con niños hasta 30 años después del cumplimiento de la pena.

El real decreto 1110/2015 que regula el registro señala que esta disposición «no se opone a los principios de proporcionalidad, necesidad o reinserción» de los exconvictos, pero se considera necesaria la extensión de la inscripción para cumplir los fines de protección de la infancia y la adolescencia que persigue la nueva normativa.

El registro inscribirá también los antecedentes de los condenados por delitos sexuales cometidos en el extranjero. Para la extinción de estos antecedentes, los interesados tendrán que aportar comunicación de la extinción de sus antecedentes en el Estado en el que fueron condenados.

 

Fuente: La Voz de Galicia